Archivos para 2/02/10

El Nuevo Proyecto de Reglamento de Registro del Sistema de Seguros

Por Rodolfo Gordillo T.

Después de un buen tiempo de haberse publicado el primer anteproyecto – a mediados de 2008 – nuevamente la SBS prepublica el nuevo proyecto de Reglamento de Registro, lo que está muy bien como política de transparencia y ánimo de concertación de la normatividad que va a regir a la actividad aseguradora.

Esta norma, el Reglamento de Registro del Sistema de Seguros, es de vital importancia, ya que rige la existencia y actuación de los intermediarios, sean estos corredores de seguros o de reaseguros; de los auxiliares de seguros, esto es, peritos y ajustadores de siniestros; así como de los canales alternativos de distribución de los seguros, como pueden ser las agencias, los promotores, las fuerzas de ventas, los puntos de ventas, la llamada bancaseguros (venta de seguros en las entidades financieras) y la comercialización de seguros a distancia, sea por Internet o medios análogos.

Sin embargo, siendo que la SBS piensa que la mayor penetracción del mercado se va a conseguir dándole el mayor impulso posible a estos canales alternativos – por su llegada indudable a segmentos masivos de la población –  la cuestión que se suscita es si ese desarrollo será equilibrado y a satisfacción del usuario de seguros. En otras palabras, si ese mayor esfuerzo de ventas irá aparejado, de un lado, con la ilustración previa al potencial asegurado sobre el alcance de su coberturas o el límite de sus derechos, y, de otro, con el servicio de post-venta que las empresas de seguros – y, en su caso, las empresas corredoras de seguros – desarrollan a través de plataformas o centrales de atención al asegurado producido ya el siniestro.

Desde esta tribuna hemos insistido en diversas oportunidades sobre esta problemática que nos parece central: debemos propender a un mayor desarrollo y penetración del mercado de seguros, llegando a segmentos que hoy todavía no gozan de sus beneficios, con los productos necesarios y a precios competitivos, pero no al costo de usuarios insatisfechos porque al momento de requerir que el asegurador cumpla con la promesa formulada, recién se enteren que la cobertura contratada no les alcanza o las formalidades del aviso del siniestro no han sido correctamente observadas y, en consecuencia,  han  perdido su derecho indemnizatorio.     

Ante tal situación de insatisfacción, que se reitera una y otra vez, sin que el usuario que ya tiene la necesidad y el poder adquisitivo deje de comprar ante la falta de mejores alternativas, hemos pedido que la SBS lleve a cabo o coordine una investigación de mercado que nos revele si el desarrollo que viene alcanzando el mercado de seguros – las cifras y estadísticas del año 2009 están próximas a salir y ya las comentaremos – logra o no la satisfacción del usuario, lo que nos parece no debe postergarse más ya que la protección del público usuario es la razón de ser de la SBS, como lo es la protección  del consumidor en el caso del INDECOPI.  



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